En el día de hoy, salió publicado en el boletín oficial la RESFC 2019-419 donde el INAES acepta estados contables ajustados por inflación en forma optativa para aquellas cooperativas y mutuales con cierre al 31 de diciembre de 2018 hasta el 30 de Marzo de 2019 y en forma obligatoria desde el 31 de Marzo 2019.
Nuestra recomendación que se realicen en moneda homogénea para los cierres 31 de Diciembre debido que las decisiones sobre distribución del excedente repartible debe hacerse en dicha moneda, ademas se estaría cumpliendo con las normas contables de nuestro país, las cuales exigen el ajuste por inflación en forma obligatoria a partir del 31 de Diciembre del 2018.
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