Se estableció a través de la RG 296/2019 un régimen de Agentes de Recaudación y derogando el existente previsto en la RG 939/2013, dicho regimen de recaudación tiene como aspectos saliente lo siguiente:
e
Se establece un regimen para los sujetos que desarrollen actividades en CABA
Estarán obligados a actuar como agentes de recaudación en operaciones de compra/venta de cosas muebles, locaciones, prestaciones de servicios de los sujetos enumerados en el ANEXO II de la respectiva resolución
¿Quienes pueden ser considerados sujetos agentes de recaudación?
Se toma como parámetro la magnitud de sus operaciones y/o facturación. (la respectiva resolución informa dichos valores )
Esta resolución comienza a tener vigencia a partir de 01-01-2020
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