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Leo Taraborrelli

Ingresos brutos, Demanda de repetición de saldos a favor no prescripto.

A través de la Resolución General 39/2020 de la Provincia de Buenos Aires, la agencia de recaudación dispuso el procedimiento web que podrá observar - los sujetos que revistan el carácter de contribuyentes del Impuesto sobre los ingresos brutos, incluidos a los del Convenio multilateral- para formalizar las demandas de repetición de saldos a favor no prescriptos en ese tributo hasta el límite de 300.000 Pesos provenientes de retenciones, y percepciones practicadas en exceso.


Para acceder debe cumplirse los requisitos detallados a continuación, siendo los principales pero no todos los establecidos por la resolución:


  • Los saldos a favor deben encontrarse registrados en la cuenta corriente del contribuyente.

  • Que los saldos a favor no estén prescriptos y tengan una antigüedad mayor a dos meses.

  • No tengan iniciado un procedimiento de fiscalización.

  • No se encuentren con regímenes de regularización , ni registrar títulos ejecutivos, ni encontrarse en quiebra y concurso preventivo.

  • Para los responsables incriptos en el IVA, no deben tener diferencias mayores al 1% entre la base imponible declaradas para el iva y pen el Impuesto sobre los ingresos brutos.

  • Que el contribuyentes no hayan desarrollado actividades cuya base imponible en el impuesto al valor agregado se calcule de manera diferente al del ingresos brutos.

  • Que el contribuyente no haya poseido cuentas abiertas en entidades bancarias o financieras de cotitularidad con otros contribuyentes incriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos.

  • En el caso de monotributistas, las acreditaciones en cuentas abiertas en entidades bancarias o financieras sean de hasta el 120% del monto de los ingresos declarados or el contribuyente.





























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