Algunas empresas nos consultan si es posible facturar en moneda extranjera . A tal fin, no existe limitación alguna que indique que una factura no pueda ser emitida en moneda extranjera, sin embargo cabe señalar la siguiente recomendación:
En la factura emitida en moneda extranjera debe indicarse a qué valor se considerará la misma al solo efecto impositivo, de no indicarse el tipo de cambio, se tomará el del día de emisión de la factura. Esto es para registrar el IVA de la misma.
Ahora bien, esta factura puede ser cancelada con moneda extranjera, por consiguiente en este caso no generará ningún comprobante adicional, (es decir no debe emitirse nota de débito/crédito que corrija variaciones del tipo de cambio) pero si por el contrario el comprador del servicio decide pagar en moneda local, esto generará una diferencia de cambio a la cual que debe agregársele el IVA.
A modo de ejemplo, si una factura se emite el 11 de Agosto 2018 y el tipo de cambio es de 45 pesos por dólar, siendo la factura por USD 1000, el monto total en pesos debe ser 45.000 + IVA o sea 54.450.
Si el pago se realiza el 16 de Septiembre y se efectúa en moneda local siendo el tipo de cambio al momento del pago 58 Pesos, por la diferencia de cambio de $13 * 1000 USD debe realizarse una nota de débito por $ 13.000 + IVA o sea 15.730 Pesos.
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