top of page
  • Leo Taraborrelli

¿Cambio de criterio histórico de la AFIP? Pago de Aportes previsionales con saldo a favor del IVA

Actualizado: 5 oct 2019

Si bien históricamente la AFIP recibía consultas y propuestas para que analice la posibilidad de pagar cargas sociales con saldos de libre disponibilidad proveniente del IVA, parece que recién ahora comienza a abrirse una posibilidad.


Efectivamente; para los contribuyentes micro o pequeña empresa que se hallen inscriptos en el Registo de Minipymes,  la AFIP a través de la RG 4603 ha regulado la posibilidad que en caso que tener saldos a favor de libre disponibilidad en el IVA puedan aplicarlos para cancelar sus contribuciones de seguridad social y no podrá superar el 20% del monto total decon las mismas ni el total adeudado por ese concepto.


Como condición para acceder a este beneficio, la empresa debe estar al día con la presentación de las declaraciones juradas del IVA de los períodos no prescriptos.


La solicitud de compensación se deberá hacer a través del servicio “Sistema de cuentas tributarias”.


En caso de que el fisco le niegue al contribuyente la compensación del pago de cargos sociales con el saldo a favor del IVA, este podrá solicitar la misma por la vía de discusión administrativa en su respectiva agencia.

56 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo

Programa de ATP 3.0

Si bien en el día de la fecha no ha salido información alguna en el boletín oficial sobre el pago del ATP, hoy ha trascendido a través...

Comentarios


bottom of page