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  • Leo Taraborrelli

Ajuste por inflación y el impuesto diferido

El ajuste por inflación ha traído adicionalmente una cuestión a revisar sobre el impuesto diferido, toda vez que existen conceptos como el de los bienes de uso que tienen diferencia de criterio entre la valuación contable y la tributaria. Esto será así hasta que no se aplique el ajuste por inflación impositivo.


Dicha diferencia es la consecuencia de haber valuado los bienes ajustado por inflación, haber calculado las amortizaciones utilizando dichos valores de origen, mientras en el balance impositivo, los bienes se mantienen a valores históricos.


La Diferencia (Mayor valor contable vs Impositivo multiplicado por la tasa del impuesto a las ganancias) entre ambos criterios debe generar un pasivo en el impuesto diferido el cual será consumido a medida que se consuma la vida util de este bien.


Como consecuencia cuando se considera vender el bien, el mayor valor dado por el ajuste por inflación no se podrá considerar costo en el impuesto a las ganancias y por consiguiente no puede ser deducido.

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